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Residencia por Ingresos Pasivos: España o Portugal | AIM Global

Residencia por Ingresos Pasivos · España y Portugal

Vive en Europa de lo que ya generas: pensión, alquileres o dividendos

Existen dos vías de residencia en Europa occidental pensadas para quien no va a trabajar en el país de destino, sino a vivir de rentas que ya genera hoy: la Visa No Lucrativa de España y el Visado D7 de Portugal. Esta guía explica qué son, qué las diferencia y cuál conviene según tu prioridad, antes de entrar al detalle de cada una.

Actualizado septiembre 2026 Lectura 7 min Guía introductoria

1 · Los programas

Países con el programa disponible

Cada programa tiene su propia guía completa, con requisitos, calendario, impuestos y preguntas frecuentes específicas. Si ya tienes una idea de hacia dónde te inclinas, entra directo.

España

Visa No Lucrativa

Nacionalidad en 2 años si eres iberoamericano, ingreso mínimo desde ≈2.400€/mes. La ruta más corta a pasaporte europeo de los dos programas.

Leer la guía de España
Portugal

Visado D7

El umbral de ingreso más accesible de los dos, desde ≈970€/mes. Tarjeta inicial de 2 años, renovable por 3.

Leer la guía de Portugal

Si tu ingreso ya no depende de que trabajes esta semana, sea porque te jubilaste, vives de alquileres, de dividendos o de una cartera de inversión, hay dos caminos abiertos para instalarte en Europa occidental sin pasar por una Golden Visa ni por un visado de trabajo. Ninguno de los dos exige inversión de capital: piden que demuestres ingresos recurrentes o patrimonio suficiente para vivir ahí sin trabajar. Esta guía te manda al detalle completo de cada programa, y compara los criterios que más pesan a la hora de decidir.

2 · Comparador

Los criterios que más pesan, lado a lado

CriterioEspaña · No LucrativaPortugal · D7
Ingreso mínimo mensual≈2.400€ · 400% del ingreso umbral fijado por el gobierno, anual≈970€ · 100% del ingreso umbral fijado por el gobierno, anual
Por cónyuge / dependiente+100% de ese umbral c/u · ≈600€/mes+50% segundo adulto · +30% por hijo
Fuente de ingresos válidaPensión, alquileres (dentro o fuera de España), dividendos, ahorro acreditadoPensión, alquileres, dividendos, rendimientos de capital
Vía de entradaConsulado de España del domicilio legalVisado D7 en consulado, trámite en destino ante AIMA
Permiso inicial1 año2 años
RenovacionesEsquema 1+2+2: 1 año, +2 años, +2 años · 5 años en totalRenovable por períodos de 3 años
Permanencia exigidaMás de 183 días/año183 días continuos u 8 meses alternados
Residencia fiscalSí, declaras renta mundialSí, declaras renta mundial
Camino a la nacionalidad10 años · 2 si eres iberoamericano10 años · 7 si eres de un país de la CPLP

Cifras de referencia, sujetas a actualización anual por normativa. Se confirman caso por caso en tu asesoría. CPLP: Comunidad de Países de Lengua Portuguesa.

3 · Decisión

¿Cuál te conviene?

El dato que cambia todo

Si eres de un país iberoamericano, España te da la nacionalidad en 2 años de residencia legal. El resto del mundo espera 10. Portugal, en cambio, entra con un ingreso mínimo menos de la mitad del que exige España.

Elige España si…

  • Tu prioridad es la nacionalidad al menor plazo posible
  • Eres de un país iberoamericano
  • Tu ingreso mensual acreditable supera los 2.400€
  • Tus alquileres son de propiedades dentro de España

Elige Portugal si…

  • Tu prioridad es el umbral de ingreso más accesible
  • Tu ingreso mensual acreditable está entre 970€ y 2.400€
  • Prefieres una tarjeta inicial de mayor duración (2 años)
  • Eres de un país de la CPLP

Si tu ingreso viene de trabajar, aunque sea en remoto para una empresa fuera del país, ninguna de las dos es tu visa: la vía correcta es Nómada Digital, con su propio umbral de ingreso y beneficios fiscales.

4 · Documentos

Qué necesitas para calificar

En ambos programas, el expediente gira en torno a lo mismo: probar el ingreso o patrimonio, y cumplir un mínimo de requisitos administrativos y de salud.

  • Prueba de ingresos o patrimonio. Extractos bancarios, certificados de pensión, contratos de arriendo o extractos de inversión, según tu fuente.
  • Certificado de antecedentes penales apostillado, del país de origen y de residencias recientes.
  • Seguro médico privado con la cobertura que exige cada consulado.
  • Comprobante de alojamiento en el país de destino, requisito propio del D7 portugués.
  • Formulario de solicitud y justificante de pago de la tasa consular correspondiente.

El detalle exacto, documento por documento y con los plazos de cada consulado, está en la guía específica de cada país.

5 · Preguntas frecuentes

Respuestas cortas

No, en ninguno de los dos países, ni presencial ni remoto, ni por cuenta propia ni ajena. Si tienes un trabajo remoto, la modalidad correcta es Nómada Digital.

No. Ninguna de las dos exige inversión de capital. Se acredita ingreso o patrimonio ya generado, no una compra de fondos o inmuebles.

No es lo recomendable. Cada trámite tiene requisitos, costos y tiempos propios; conviene decidir con asesoría cuál se ajusta mejor a tu perfil antes de iniciar el expediente.

Sí, cónyuge e hijos dependientes pueden incluirse en la misma solicitud en ambos programas, sumando un porcentaje adicional al ingreso mínimo exigido. El detalle está en la guía de cada país.

El siguiente paso

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